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lunes, 4 de abril de 2011

Un niño sin cerebelo desafía lo imposible

La historia de Chase Britton conmueve y fascina. Este niño, de casi cinco años, carece de cerebelo, pero eso no le impide estar aprendiendo las mismas cosas que otros niños, un poco más lentamente.…


Heather y David Britton no lo han tenido fácil últimamente. Antes de tener a nuestro protagonista, nació prematuramente Trey, quien solo logró vivir seis semanas, La pareja lo intentó de nuevo y fueron a por Chase. Cuando nació, también con adelanto, el bebé Chase fue declarado ciego.


Al buscar la causa de sus atrasos, los médicos encontraron que carecía de cerebelo: esa parte del cerebro que controla las habilidades motoras, el equilibrio y parte de la percepción sensorial.


Una lesión en el cerebelo impide sentarse erguido, mantenerse de pie o andar. Sin embargo, Chase desafía todos los estudios neurológicos: tiene algo más de cuatro años y medio y ha aprendido a sentarse; se desplaza con ayuda de un andador, está aprendiendo a caminar, utiliza lápices y tijeras en la escuela preescolar a la que acude y no para de sorprender a diario a su hermano mayor (13), padres, profesores y médicos.


“Su historia no es trágica”, decía la mamá a los medios hace pocas semanas: cuando ves a estas dos personas hablar sobre su hijo y sus progresos, comprendes parte del milagro. Creo que hay que ser de espíritu muy fuerte para llevar adelante a un niño con estos problemas. Ellos demuestran serlo, sin duda. No sólo no se han rendido a las evidencias y los dictámenes médicos, sino que forman una red de apoyo, estímulo y amor para el niño. Chase quiere aprender y progresar, pero sin la confianza que su familia le presta a diario


¿habría podido conseguir tantos avances? Cuesta imaginar qué haríamos nosotros en un caso como ése. Según los doctores, este niño no veía al nacer, no podría caminar, etc. ¿Hubiésemos creído a los médicos, desesperando por la salud y el normal crecimiento de nuestro bebé? ¿O habríamos aprendido a motivarle y ayudado a desarrollarse a pesar de todo? La mamá de Chase lo tiene claro: “No te des por vencida”.


miércoles, 3 de noviembre de 2010

El Supremo dice que no hay que pedir el Consentimiento Informado en parto natural

El consentimiento será verbal por regla general. Sin embargo, se prestará por escrito en los casos siguientes: intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y, en general, aplicación de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente".

Así reza el artículo 8 de la Ley de Autonomía del Paciente, pero como la interpretación de las normas corresponde a los tribunales, son éstos los que delimitan cuándo un consentimiento informado es necesario y cuándo, por razones lógicas, no tiene que recabarse.Así ocurre en el caso de los partos naturales. La Sala Contenciosa del Tribunal Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Carlos Lesmes, afirma que no es necesario solicitar el consentimiento informado de la paciente cuando el proceso de parto natural está en curso, pues por razones lógicas, no es exigible.

  • Sí debe recabarse el consentimiento cuando se utilizan medios extraordinarios para facilitar el parto, excepto si concurren razones de urgencia

En palabras del alto tribunal: "En las circunstancias en las que estaba la gestante resultaba ilógico recabar el consentimiento informado, ya que se trataba de proseguir con el proceso de parto ya iniciado, en cuya gestación necesariamente había sido atendida e informada".La resolución del alto tribunal confirma así la absolución del Ministerio de Sanidad acordada por la Audiencia Nacional y los razonamientos que llevan a este tribunal a declarar la no obligación de recabar el consentimiento en estos procesos naturales.

El Supremo avala la declaración de la Audiencia Nacional y explica que "no se puede hacer ningún reproche a este razonamiento, pues como es obvio el proceso del parto, cuando es inminente e inevitable, constituye un proceso natural respecto del que el consentimiento informado no tiene sentido alguno, pues la voluntad de la paciente en nada puede alterar el curso de los acontecimientos".Es más, la Sala Civil hace aquí una matización: "Otra cosa es que se utilizaran medios extraordinarios para facilitar el parto, como podría ser la técnica de la cesárea, en cuyo caso, salvo razones de urgencia, sí debe recabarse el consentimiento informado de la paciente".

Error sin trascendencia

El Supremo no entra a valorar la supuesta mala praxis alegada por la paciente, pues ya se había descartado por la Audiencia Nacional y no había motivos para analizar las pruebas que se realizaron sobre la actuación sanitaria.En efecto, las conclusiones del informe pericial del especialista en Ginecología y Obstetricia respaldan la actuación de los médicos del servicio de Urgencias cuando la paciente llegó con una gestación entre la semana 25 y la 27.


  • El proceso del parto, cuando es inminente e inevitable, constituye un proceso natural donde el consentimiento no tiene sentido alguno

Aunque los facultativos erraron en el diagnóstico al confundir un cólico nefrítico con el inicio del parto, los peritos no aprecian relación causal entre los daños padecidos por el niño y el error inicial cometido. Según el dictamen pericial, "la parálisis cerebral infantil tipo paraparesia espástica es uno de los trastornos neurológicos más frecuentes en el prematuro". El informe pericial lleva a la Audiencia Nacional a descartar la responsabilidad de los facultativos, ya que "el error inicial que se presenta asumible no ha tenido trascendencia alguna", máxime si se tiene en cuenta que los médicos remitieron urgentemente a la gestante al servicio de Obstetricia.


Mayor concienciación


La sentencia de la Sala Contenciosa del Tribunal Supremo supone un respiro para los profesionales después de que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares dictara una sentencia afirmando que el parto natural, al ser un acto quirúrgico, precisa de consentimiento informado (ver DM del 14-VII-2009). Ahora bien, la información sigue siendo requisito esencial en la actuación sanitaria, tanto desde el punto de vista legal como ético. Son muchas las sentencias que lo recuerdan, sobre todo en la especialidad que más presente está en los tribunales de justicia (ver DM del 25-X-2010).